Los cambios en los informes de auditoría información.
Estos cambios correspondientes a las cuentas anuales del ejercicio
2010, hacen referencia a la redacción de algunos de sus párrafos, ya que se
ha aprovechado para hacerlos más comprensibles, pero los cambios más
transcendentales afectan a su estructura y a la forma de plasmar en el informe
las diferentes incidencias que pueden surgir en una auditoría y es evidente que
para la adecuada comprensión hay que familiarizarse con el nuevo enfoque de
los aspectos más relevantes.
En primer lugar, los tipos de opinión no han variado con respecto a
las anteriores y siguen siendo: favorable (sin incidencias de ningún tipo); con
salvedades; desfavorable y denegada. Las opiniones desfavorables y denegadas
tienen un mayor nivel o significación de incidencias que la opinión con
salvedades.
Lo más útil para poder entender esta nueva forma de emitir los informes de
auditoría, es poder distinguir los diferentes párrafos que incluyen y su
significado. Contendrán siempre dos párrafos que se denominan de "alcance"
(es siempre el primero) y de "opinión" (es el que se manifiesta el tipo de
opinión). Si entre ambos párrafos no se incluye ningún otro, la opinión de
auditoría que debe mostrar el informe será sin salvedades. Por el contrario, si
se incluyen uno o más párrafos, éstos estarán destinados a describir las
salvedades que el auditor ha considerado poner de manifiesto.
Estas salvedades generalmente son de dos tipos. Por un lado recogerán
las limitaciones al alcance del trabajo del auditor y, por otro, los
incumplimientos de principios y normas contables por parte de la entidad
auditada (incluidas las omisiones de información). En este apartado se introduce
el cambio más importante de esta nueva normativa en relación con la anterior, ya
que anteriormente eran causa de salvedades las incertidumbres y ahora no,
reportándose estás en caso de ser necesario, en otro tipo de párrafos llamados
"párrafos de énfasis".
En caso de que se incluyan salvedades en el informe, dependiendo de la
magnitud y consideración de ellas, el auditor emitirá un tipo u otro de
opinión. Se dará una opinión con salvedades si los efectos de éstas, son
significativos, y podremos distinguir esta circunstancia ya que en el párrafo de
opinión se incluirá la expresión "excepto por".
El auditor emitirá una opinión desfavorable o denegada, en el caso de que los
efectos de las salvedades sean muy significativos. La opinión desfavorable
surgirá como consecuencia de incumplimientos muy significativos de las normas
contables y la denegada por limitaciones en el alcance del trabajo del auditor
muy significativas.
La distinción entre ambos tipos de opinión es fácilmente reconocible
con una simple lectura del párrafo de opinión. Así, si nos encontramos ante una
opinión desfavorable en el citado párrafo veremos que se indica "(...) las
cuentas anuales del ejercicio 20XX adjuntas no expresan la imagen fiel (...)".
Mientras que para el caso de una opinión denegada figurará en el párrafo de
opinión la expresión "(...) no podemos expresar una opinión sobre las cuentas
anuales (...)".
Importancia de los párrafos de énfasis
Cuando el auditor considera necesario destacar un hecho reflejado en las
cuentas anuales de la entidad auditada, puede hacerlo introduciendo un
"párrafo de énfasis". Estos párrafos pueden distinguirse del resto, ya que
van siempre ubicados inmediatamente después del de opinión y se menciona
expresamente que esta circunstancia no afecta a la opinión.
Esta forma de reportar se utiliza principalmente para indicar la
existencia de una incertidumbre significativa, entendiéndose por
incertidumbres aquellas circunstancias cuyo desenlace depende de acciones o
hechos futuros y que pueden afectar a las cuentas anuales auditadas. Sólo en
casos extremos y ante múltiples incertidumbres (interrelacionadas) cuyo efecto
pueda ser muy significativo, el auditor podría considerar apropiado denegar la
opinión en lugar de incluir un párrafo de énfasis y, en este caso, las
incertidumbres se describirían como párrafos de salvedades, situándose antes del
párrafo de opinión.
Aparte de los párrafos mencionados, pueden existir otro tipo de párrafos
denominados "de otras cuestiones". Estos tienen la finalidad de resaltar
para el usuario de las cuentas anuales algún asunto relevante para el
entendimiento de la auditoría, las responsabilidades del auditor o de su
informe. Se incluyen, en su caso, después del párrafo de énfasis y por tanto
después del párrafo de opinión. Con la normativa anterior en algunos casos este
tipo de párrafos eran utilizados, pero se colocaban después del párrafo de
alcance.
En aquellos casos en que la entidad, ya sea por estar obligada o
voluntariamente, presente el informe de gestión, el auditor incluirá un
párrafo final en su informe que versará principalmente sobre la concordancia de
la información del informe de gestión con la que figura en las cuentas anuales.
En el caso de existir contradicciones éstas se describirán en este párrafo.
La utilización de este tipo de párrafos por parte del auditor con la normativa
actual es idéntica a la que se hacía con la anterior.
Imagen fiel de las cuentas anuales
Los usuarios de las cuentas anuales a la hora de interpretar los informes de
auditoría deben tener en cuenta, que éstos informan principalmente por
excepción. Es decir, que si las cuentas anuales expresan la imagen fiel,
no ha habido limitaciones en su trabajo y no hay hechos importantes a resaltar
(tanto los relacionados con las cuentas anuales o con su auditoría), el auditor
en su informe sólo incluirá el párrafo de alcance y el de opinión, además del
correspondiente al informe de gestión, si este se presentará conjuntamente a las
cuentas anuales.
Si el auditor introduce más párrafos, hemos de identificarlos como de
salvedades, de énfasis o de otras cuestiones y leerlos detenidamente, ya que en
todos los casos la información que incluyen, a juicio del auditor es relevante
para el usuario de las cuentas anuales.
Finalmente decir que con respecto a la anterior normativa sobre informes,
la nueva normativa introduce cambios relevantes de fondo (por ejemplo el
nuevo tratamiento de las incertidumbres), cambios orientados a una mejor
ordenación y clasificación de los diferentes párrafos y otros cambios de
terminología para adaptarlos mejor a las circunstancias actuales. Esta nueva
normativa también constituye, sin lugar a dudas, una mayor aproximación a la que
impera internacionalmente, que está principalmente basada en la normativa
emitida por la "IFAC" (organización de ámbito internacional de auditores).